Exenciones en los auxiliares de la medicina el caso de las ortopedias

Al respecto, cabe señalar que el punto 7 inc. h) del Art. 7° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, establece que se encuentran exentas del tributo las prestaciones y locaciones comprendidas en el apartado 21 del inc. e) del Art. 3°, entre las cuales figuran los servicios de asistencia sanitaria,...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Cuesta, Pablo de la
Otros Autores: Cáceres, Ignacio (autor)
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:

EN: Impuestos; No. 4; Buenos Aires, La Ley, abril 2016;

Detalle de Existencias desde EN: Impuestos; No. 4; Buenos Aires, La Ley, abril 2016;