Otro régimen de retención del impuesto al valor agregado ahora, sobre operaciones de servicios de limpieza de edificios, vigilancia o seguridad y recolección de residuos domiciliarios
En esta oportunidad, nos referimos al nuevo régimen de retencion de impuesto al valor agregado (IVA) aplicable a las actividades de servicios de limpieza de edificios, vigilancia o seguridad y recolección de residuos domiciliarios establecido por la resolución general (AFIP) 3164, el cual se suma el...
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| Autor Principal: | |
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| Formato: | Cap.de libro/art de seriada |
| Lenguaje: | Español |
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| Sumario: | En esta oportunidad, nos referimos al nuevo régimen de retencion de impuesto al valor agregado (IVA) aplicable a las actividades de servicios de limpieza de edificios, vigilancia o seguridad y recolección de residuos domiciliarios establecido por la resolución general (AFIP) 3164, el cual se suma el régimen general de retención del impuesto a las ganancias. Cabe señalar que los servicios de limpieza y de vigilancia o seguridad, adicionalmente, se encuentran sujetos al régimen de retención de la seguridad social dispuesto por las resoluciones generales (AFIP) 1556 Y 1764, respectivamente. Por ende, estos últimos servicios podrían estar sujetos a tres regímenes de retención |
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| Descripción Física: | p. 37-48 |