El deber de informar operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiación del terrorismo una visión teórica y práctica basada en la experiencia
El combate contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo podrá ser dado con éxito sólo si todas las personas que trabajan en la elaboración, análisis, interpretación y aplicación de las reglamentaciones vinculadas a esta problemática lo hacen de manera coordinada, dirigida a un mismo o...
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| Autor Principal: | |
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| Formato: | Cap.de libro/art de seriada |
| Lenguaje: | Español |
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| Sumario: | El combate contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo podrá ser dado con éxito sólo si todas las personas que trabajan en la elaboración, análisis, interpretación y aplicación de las reglamentaciones vinculadas a esta problemática lo hacen de manera coordinada, dirigida a un mismo objetivo, debatiendo incansablemente, encontrando coincidencias y alternativas posibles de solución cuando estas se requieran. Una comunicación fluida entre el sector público y el privado, que existe en el presente, es sin lugar a dudas una gran señal de avance. La observancia irrestricta del deber de informar por parte de los sujetos obligados no sólo evita el padecimiento de sanciones sino que es la base de la eficacia de todo el sistema de prevención: a partir de los reportes de operaciones sospechosas, la UIF toma conocimiento de las posibles maniobras de lavado de dinero y financiación del terrorismo en el sistema económico y financiero |
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| Descripción Física: | p. 117-125 |