Defraudación tributaria y la omisión de impuestos tras la reforma de la ley 25.795

Según el autor la sola omisión de la presentación de la declaración jurada no encuadra en los conceptos de ardid o engaño requerido para la tipificación tanto de la infracción contemplada en el art. 46 de la ley 11.683, como el delito penal tributario de evasión simple. El Ente Recaudador es un org...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Guetti, German J.
Otros Autores: Barroetaveña, Diego G.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
LEADER 01487naa a2200229 a 4500
001 185598.12.t.
003 arsfunl
008 200806suuuu ARG |00 0 spa d
040 |a HAD 
080 # # |a # 
082 0 # |a # 
100 1 # |a Guetti, German J. 
245 1 0 |a Defraudación tributaria y la omisión de impuestos tras la reforma de la ley 25.795 
300 # # |a p. 528-541 
520 3 # |a Según el autor la sola omisión de la presentación de la declaración jurada no encuadra en los conceptos de ardid o engaño requerido para la tipificación tanto de la infracción contemplada en el art. 46 de la ley 11.683, como el delito penal tributario de evasión simple. El Ente Recaudador es un organismo especializado en la fiscalización y control de los deberes jurídicos de los contribuyentes, teniendo a su alcance potestades conferidas legalmente para la determinación de las obligaciones fiscales no declaradas.Por últino hace algunas reflexiones sobre la reforma que la ley 25.795 ha realizado al ilícito de omisión de impuestos. Queda claro que nuestros legisladores no son lo suficientemente especificos al momento de describir las conductas prohibidas y las consecuencias que la realización de esas acarreará a los ciudadanos 
653 # # |a Evasion tributaria 
653 # # |a Derecho fiscal 
653 # # |a Ley penal tributaria 
653 # # |a Ley 25.795 
700 1 # |a Barroetaveña, Diego G. 
773 # |d Buenos Aires:La Ley, enero 2005  |g Tomo 63-A  |o F-IM 2005-A 
887 # # |a Registro Migrado