Por una justicia dialógica el Poder Judicial como promotor de la deliberación democrática

Reseña: En las sociedades democráticas, es muy común que un tribunal (por ejemplo, la Corte Suprema) revise los contenidos de una ley para determinar si es válida o no a la luz de lo que exige la Constitución. Esta situación plantea al menos tres preguntas de enorme relevancia pública: ¿por qué son...

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Detalles Bibliográficos
Otros Autores: Gargarella, Roberto (comp.)
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Buenos Aires Siglo Veintiuno 2014
Edición:1ª. ed.
Series:Derecho y política / dirección de Roberto Gargarella y Paola Bergallo
Materias:
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520 1 # |a Reseña: En las sociedades democráticas, es muy común que un tribunal (por ejemplo, la Corte Suprema) revise los contenidos de una ley para determinar si es válida o no a la luz de lo que exige la Constitución. Esta situación plantea al menos tres preguntas de enorme relevancia pública: ¿por qué son los jueces, y no los legisladores como representantes del pueblo, quienes quedan a cargo de la tarea de interpretación constitucional? ¿Es aceptable que los jueces asuman el derecho a pronunciar la última palabra respecto de cómo resolver los problemas constitucionales más básicos? ¿Por qué hemos adoptado un sistema institucional tan rígido, en el que las relaciones entre los poderes se traducen en un esquema de todo o nada, ya sea mediante una resolución judicial o mediante un veto del Ejecutivo? La justicia dialógica, como elaboración conceptual y como práctica, retoma estas preguntas para proponer que los asuntos constitucionales fundamentales se resuelvan a través de una conversación extendida y persistente en el tiempo, que debe involucrar a las distintas ramas del poder tanto como a la propia ciudadanía. Las formas posibles de las respuestas dialógicas son muchas: tribunales que crean mecanismos para monitorear el cumplimiento de sus sentencias, con la ayuda de la sociedad civil; Cortes que exhortan a los gobiernos a cumplir con ciertos derechos, o les advierten sobre el carácter inconstitucional de ciertas alternativas; instancias de cooperación entre jueces y legisladores, de modo que haya correas de transmisión entre los debates parlamentarios y las decisiones judiciales. 
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