Comentario a la resolución 25/2011 (unidad de información financiera)

Debido a la realidad económica cada vez más globalizada, donde la apertura de las fronteras y el libre comercio han creado una nueva forma de hacer negocios, el lavado de dinero se presenta hoy como uno de los problemas más graves que aquejan al sistema financiero internacional. El lavado de dinero...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Bringas, Myriam
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
Descripción
Sumario:Debido a la realidad económica cada vez más globalizada, donde la apertura de las fronteras y el libre comercio han creado una nueva forma de hacer negocios, el lavado de dinero se presenta hoy como uno de los problemas más graves que aquejan al sistema financiero internacional. El lavado de dinero tiene un efecto destructivo en la economía de los países, así como en su gobierno y en su población, y sobre todo, daña la reputación de los mismos. Es por esto que las autoridades de las diferentes naciones se suman a la lucha y crean diversas instituciones para combatirlo, así como instrumentar acuerdos a nivel internacional. El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo intergubernamental cuya finalidad es el desarrollo y la promoción de medidas tanto a nivel nacional como internacional dirigidas a combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, visitó nuestro país durante en octubre último, y no obtuvo los mejores resultados durante su revisión. Tal es así, que instó a que en el término de 100 días nuestro país se comprometa a demostrar su verdadero compromiso en la lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo. De no cumplir con dicho compromiso, la Argentina podría caer en la "lista gris" que publica el organismo internacional para octubre de 2011, lo cual podría tener consecuencias a la hora de efectuar transacciones financieras y comerciales en el exterior. El 21/01/2011 se publica en el boletín oficial la Resolución 25/2011 emitida por la UIF donde modifica la reglamentación respecto de la actuación de los profesionales de Ciencias Económicas matriculados, en materia de lavado de dinero y financiación del terrorismo, en particular en lo que hace a la obligación de informar operaciones sospechosas.
Descripción Física:p. 112-116