Domicilio fiscal

El Artículo 3° de la Ley N° 11.683 determina que el domicilio de los responsables en el concepto de dicha ley y de las leyes de tributos a cargo de la AFIP es el real, o en su caso, el legal de carácter general legislado en el Código Civil, ajustado a lo que establece dicho artículo y a lo que dete...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Vanoli, Francisco
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:

EN: nº 124; F-PP 2010-124; Buenos Aires:La Ley, agosto 2010;

Detalle de Existencias desde EN: nº 124; F-PP 2010-124; Buenos Aires:La Ley, agosto 2010;