La exportación de servicios en el IVA

Con respecto a la exportación de servicios, la reforma introducida por la Ley Nº 25.063 innova definiendo como "no realizadas en el país" a las prestaciones efectuadas en el mismo cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. Tal definición, ubicada como segundo p...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Sternberg, Alfredo R.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
Iva
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001 191971.12.t.
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520 3 # |a Con respecto a la exportación de servicios, la reforma introducida por la Ley Nº 25.063 innova definiendo como "no realizadas en el país" a las prestaciones efectuadas en el mismo cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. Tal definición, ubicada como segundo párrafo del inciso b) del artículo 1º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, convierte a la exportación de servicios en una prestación excluida del objeto del tributo en lugar de considerarla como una exención. La consecuencia inmediata de ello es que los créditos fiscales imputables a las referidas prestaciones no serán recuperables, sino que constituirán un factor de costo para el prestador, vulnerando el criterio de gravar con tasa cero también a los servicios prestados al exterior, implícito en el ya reiteradamente mencionado principio de tributación en el país de destino. 
653 # # |a Iva 
653 # # |a Impuesto al valor agregado 
653 # # |a Credito fiscal 
653 # # |a Exportaciones 
773 # |d Buenos Aires:La Ley, agosto 2010  |g nº 124  |o F-PP 2010-124 
887 # # |a Registro Migrado