Impuesto sobre los bienes personales y los convenios para evitar la doble imposición
En virtud del inminente vencimiento del plazo establecido para la presentación y pago del impuesto sobre los bienes personales que recae sobre las acciones y participaciones sociales, nos ha parecido oportuno abordar las vicisitudes que se presentan cuando se trata de analizar las implicancias que g...
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| Autor Principal: | |
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| Formato: | Cap.de libro/art de seriada |
| Lenguaje: | Español |
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| Sumario: | En virtud del inminente vencimiento del plazo establecido para la presentación y pago del impuesto sobre los bienes personales que recae sobre las acciones y participaciones sociales, nos ha parecido oportuno abordar las vicisitudes que se presentan cuando se trata de analizar las implicancias que generan las disposiciones emergentes de los Convenios para evitar la Doble Imposición Internacional celebrados por nuestro país con otros Estados. Debemos señalar que nuestro país también ha suscripto con numerosos países tratados sobre la promoción y protección recíproca de inversiones, los cuales consagran cláusulas para la prevención de tratamientos menos favorables para los inversores signatarios. El análisis de estos, así como la controvertida aplicación del Tratado de Montevideo de 1980 a la materia impositiva en consideración, excede el propósito de la presente colaboración |
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| Descripción Física: | p. 37-44 |