Competencia en la Ley Penal Tributaria

Se analiza el art. 22 de la Ley 24.769, estableciendo sus antecedentes, especialidad, competencia y jurisprudencia. Como conceptos claves se establece que: 1) La competencia es de los jueces federales -en los territorios provinciales- y de los jueces en lo Penal Tributario,en la Ciudad Autónoma de B...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Manonellas, Graciela N.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
Descripción
Sumario:Se analiza el art. 22 de la Ley 24.769, estableciendo sus antecedentes, especialidad, competencia y jurisprudencia. Como conceptos claves se establece que: 1) La competencia es de los jueces federales -en los territorios provinciales- y de los jueces en lo Penal Tributario,en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2) El nuevo fuero solo entendió por las causas que se investiguen con posterioridad a su creación. Las anteriores quedaron en la justicia en lo penal tributario. 3) En materia penal no se admite prórroga de jurisdicción, como si ocurre en materia civil en que puede haber por acuerdo de partes. 4) Se trata de un fuero especialísimo con jueces elegidos por concurso de oposición y antecedentes ante el Consejo de la Magistratura. 5) Según la jurisprudencia, la competencia se determina por el lugar del domicilio fiscal
Descripción Física:p. 36-39