Venta y reemplazo de bienes muebles e inmuebles la AFIP adecuó la reglamentación

La figura venta y reemplazo de bienes muebles e inmuebles, se encuentra actualmente legislada en los artículos 67 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y en el 96 de su decreto reglamentario. Indudablemete una norma que si bién podía cumplirse había quedado defasada ante una administración fiscal in...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Ferraro, Ricardo H.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
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520 3 # |a La figura venta y reemplazo de bienes muebles e inmuebles, se encuentra actualmente legislada en los artículos 67 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y en el 96 de su decreto reglamentario. Indudablemete una norma que si bién podía cumplirse había quedado defasada ante una administración fiscal informatizada como la que actualmente se utiliza en la relación del fisco con los sujetos pasivos, más aún, aquella resolución, contenía normas reglamentarias para el impuesto a los beneficios eventuales, derogado hace ya varios años. Indudablemte se imponía una actualización de la norma administrativa de carácter general, a fin de adecuarla tanto desde la normativa como de la nueva tecnología aplicable a las formalidades, a raíz de ello la AFIP, dictó la Resolución General 2140, cuya entrada en vigencia está prevista a partir del 1 de noviembre de 2006 
653 # # |a Impuestos 
653 # # |a Resolucion afip 2140/06 
653 # # |a Bienes inmuebles 
653 # # |a Bienes muebles 
653 # # |a Retenciones fiscales 
773 # |d Buenos Aires:La Ley, noviembre 2006  |g Tomo 64-B  |o F-IM 2006-B 
887 # # |a Registro Migrado