Pago provisorio de impuestos vencidos

El articulo 31 de la ley 11.683 contiene un viejo instituto utilizado en materia tributaria conocido con la denominacion de pago provisorio de impuestos vencidos. La problematica del caso se vincula a la situacion en que el contribuyente no presento su DD.JJ. impositiva ni ingreso el saldo del impue...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Bertazza, Humberto J.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
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520 3 # |a El articulo 31 de la ley 11.683 contiene un viejo instituto utilizado en materia tributaria conocido con la denominacion de pago provisorio de impuestos vencidos. La problematica del caso se vincula a la situacion en que el contribuyente no presento su DD.JJ. impositiva ni ingreso el saldo del impuesto resultante y ante el emplazamiento administrativo realizado por la AFIP, el responsable continua con su imcumplimiento. 
653 # # |a Tributacion 
653 # # |a Deuda tributaria 
653 # # |a Impuestos 
773 # |d Buenos Aires:La Ley, octubre 2006  |g nº 31  |o F-PP 2006-31 
887 # # |a Registro Migrado