Intereses por financiación de operaciones exentas en el impuesto al valor agregado
El autor de la nota, luego de analizar la evolución legislativa y jurisprudencial, se expide en el sentido de adherirse a la tesis de la "unicidad" por la cual lo accesorio interés de financiación de saldo al precio sigue la suerte de lo principal venta exenta. Desde que el Decreto 879/92,...
Guardado en:
| Autor Principal: | |
|---|---|
| Formato: | Cap.de libro/art de seriada |
| Lenguaje: | Español |
| Materias: |
| Sumario: | El autor de la nota, luego de analizar la evolución legislativa y jurisprudencial, se expide en el sentido de adherirse a la tesis de la "unicidad" por la cual lo accesorio interés de financiación de saldo al precio sigue la suerte de lo principal venta exenta. Desde que el Decreto 879/92, ratificado por Ley 24.307, limitó la exención en el Impuesto al Valor Agregado a determinadas prestaciones financieras, quedando las allí no comprendidas alcanzadas por el impuesto, surge la disyuntiva si los intereses por financiación de operaciones exentas se encuentran alcanzadas o no por el impuesto. El propósito de este trabajo es repasar la normativa vigente y los distintos antecedentes jurisprudenciales a efectos de concluir cual de los dos criterios debería predominar |
|---|---|
| Descripción Física: | p. 9-13 |