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Primer informe anual del Comité de Auditoría en el régimen de transparencia

Según las normas vigentes el Comité de Auditoría debe emitir informes que podemos clasificar en dos categorías. Por un lado tenemos los que cabe llamar "informes específicos", ya que se refieren a cuestiones puntuales y circunstanciales. Estos informes están mencionados en el Capítulo III,...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Sanguinetti, Edgardo A.
Formato: Cap.de libro/art de seriada
Lenguaje:Español
Materias:
Descripción
Sumario:Según las normas vigentes el Comité de Auditoría debe emitir informes que podemos clasificar en dos categorías. Por un lado tenemos los que cabe llamar "informes específicos", ya que se refieren a cuestiones puntuales y circunstanciales. Estos informes están mencionados en el Capítulo III, art. 16, inc.d de la Normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV), según lo dispuesto por la Resolución General Nº400/02 de la CNV. Por otro lado, encontramos el informe del Comité que podemos denominar "general", que es aquel establecido por la citada Resolución General y contenido en el inc.c del art. 16 del Capítulo III de las Normas de la CNV. En este informe el Comité debe dar cuenta del tratamiento dado durante el ejercicio a los asuntos de su competencia
Descripción Física:p. 34-43